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Las leyes y la sustentabilidad

El caso de la Nueva Ley Agraria

(Les lois foncières et l’agriculture durable Le cas de la Nouvelle Loi Agraire du Mexique)

Jasmíne AGUILAR

01 / 1994

El Estado mexicano ha emprendido una serie de cambios profundos y ha impulsado reformas en la economía, en el Estado y una reforma social rural. Una fase importante de estas reformas pasa por la introducción de nuevas leyes que faciliten y legitimen las medidas neoliberales. Esta fase legislativa arrancó con los cambios al artículo 27 constitucional y la aprobación de una nueva ley agraria cuyo objetivo principal era abrir un mercado de la tierra. Era la base necesaria para seguir con la Nueva Ley Forestal, con la Ley de Aguas Nacionales, la ley de Pesca, la ley de Minería, próximamente la ley de Servicio Publico de Energía Eléctrica.

Se pretende abrir el camino para la consolidación de los principios básicos del "capitalismo salvaje": el carácter protagónico del propietario o de la empresa privada, la minimización y/o desaparición del papel regulador del Estado y el mercado como único regidor de la producción y como nueva ética social" (Toledo, V. La Jornada Campo No. 15). Todas ellas favorecen la concentración de los recursos naturales y los lanzan al mercado como mercancía a disposición del mejor postor, despojándolos de cualquier sentido social que en el pasado tuvieran.

La Nueva Ley Agraria

Con las modificaciones al artículo 27 y la Nueva Ley Agraria se derogaron las características de imprescriptibilidad, inembargabilidad e inalienabilidad que se dieron a la propiedad rural después de la Revolución de 1910. Ese tipo de propiedad impedía la movilidad de la tierra. Hoy día "no es que el ejido y la comunidad hayan desaparecido pero el régimen de propiedad cambió tanto que se han convertido en una nueva forma de propiedad privada." (Pérez Castañeda, J.C. La Jornada del Campo No. 15)Con la nueva ley el derecho de propiedad social se divide y ahora el derecho sobre la parcela es independiente del derecho sobre los terrenos de uso común y pueden transmitirse, enajenarse separadamente; antes la parcela y los terrenos comunales constituían uno solo y el mismo derecho inalienable.

La esencia de estas modificaciones "es la desamortización de las tierras entregadas a los campesinos por el proceso de reforma agraria para que estas pasen a sectores de la economía considerados por el gobierno más dinámicos y rentables." (Botey, C., La Jornada del Campo No.14)

Mots-clés

législation, politique de développement, capitalisme


, Mexique

Notes

Ficha elaborada a partir de la síntesis de las discusiones en el Taller sobre Políticas hacia una Agricultura Campesina Sustentable. Taller organizado por RIAD-México: CECCAM, CNOC, UNORCA y GEA/Progama PASOS, en México D.F. 2 y 3 de julio 1993.

Source

Compte rendu de colloque, conférence, séminaire,…

RIAD, 1993 (MEXICO)

GEA (Grupo de Estudios Ambientales) - Allende N°7 Col. Sta.Ursula Coapa. México D.F. 04650 MEXICO - Tel: 56 17 90 27, 56 17 29 87 y 56 19 28 92 - Mexique - www.gea-ac.org - gea (@) laneta.apc.org

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