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La trayectoria de la reforma urbana en Brasil

Nelson SAULE JR, Karina UZZO

2009

La Trayectoria del Movimiento Nacional de Reforma Urbana

La trayectoria de la lucha por la reforma urbana se inició en los años sesenta, cuando los sectores progresistas de la sociedad brasilera exigían reformas estructurales en la cuestión del régimen jurídico y del uso social de la tierra. La principal bandera fue la Reforma Agraria en el campo, ya incluida en el plan de “Reformas de Base”, en el gobierno del presidente João Goulart. La propuesta de reforma urbana, en las ciudades de Brasil, se redactó inicialmente en el Congreso de 1963, promovida por el Instituto Brasilero de Arquitectos. Pero, con el golpe militar de 1964, se constituye un sistema político autoritario (que duró hasta 1984), que no permitiría llevar a cabo estas reformas.

Las cuestiones de la reforma urbana reaparecieron en los años de 1970 a 1980, en un tiempo de apertura política, lenta y gradual, en el que los movimientos sociales paulatinamente adquirían mayor visibilidad y relevancia política, y eran capaces de construir un discurso y una práctica social marcada por la autonomía. Sus reivindicaciones se presentan como derechos, con el objeto de revertir las desigualdades sociales sobre la base de una nueva ética social, que traía como dimensión importante la politización de la problemática urbana, entendida como un elemento fundamental para el proceso de democratización de la sociedad brasileña.

Durante este periodo, la Iglesia Católica efectuó una gran contribución con el lanzamiento de la “Acción Pastoral y el Suelo Urbano”, en la que defendía el papel social de la propiedad urbana. Se trató de un texto muy importante en la lucha por la reforma urbana.

En ese momento, el paisaje urbano de Brasil ya era otro. Marcado por un alto éxodo rural entre 1940 y 1991, cuando la población urbana aumentó del 31,2% al 75% del total de la población nacional, las ciudades brasileras crecieron sin la mínima infraestructura. Las consecuencias no fueron pocas, especialmente la segregación espacial de los barrios, abandonados al descaso, sin ninguna condición de dignidad, en virtud de la complicidad del poder público. Pero, fue en 1988 que la lucha por la reforma urbana fue retomada. La Asamblea Nacional Constituyente fue un grandioso espacio de lucha política, en el que las fuerzas populares tuvieron un trabajo duro, donde fueron capaces de articular sus demandas y al mismo tiempo enfrentar el choque con poderosos grupos de presión de las fuerzas conservadoras.

En medio a ese momento, pos-1964, que culminó en la Constituyente de 1988, se creó, en enero de 1985, el Movimiento Nacional por la Reforma Urbana. Contar su historia es contar el trayecto de una bandera de lucha que unificó y articuló diversos actores sociales.

Al principio, la lucha del Movimiento tuvo un carácter local, como la demanda por vivienda. Pero, con el final del régimen militar, empezó a incorporar la idea de ciudad, ciudad de todos, la casa mas allá de la casa, la casa con asfalto, con servicios públicos, con escuela, con transporte, con derecho a una vida social.

El Movimiento Nacional por la Reforma Urbana articuló la escena de la participación popular en todo Brasil, en el proceso de la Constituyente de 1988, formado por un grupo heterogéneo, con participantes que trabajaban en distintos aspectos del tema urbano. Se reunieron una serie de organizaciones de la sociedad civil, movimientos, entidades profesionales, organizaciones no gubernamentales y sindicatos. Entre ellos, la Federación Nacional de Arquitectos, la Federación Nacional de Ingenieros, la Federación de Órganos para la Asistencia Social y Educativa (FASE), Articulación Nacional del Suelo Urbano (ANSUR), Movimiento de las Favelas, Asociación de Prestatarios, Instituto de Arquitectos, Federación de Asociaciones de Residentes de Río de Janeiro (FAMERJ), Pastorales, movimientos sociales de lucha por la vivienda, entre otros.

Estas entidades se empeñaron en preparar un proyecto de ley para incorporación en la Constitución Federal, con el objeto de modificar el perfil de exclusión de las ciudades brasileras, marcadas por la precariedad de las políticas públicas de saneamiento, vivienda, transporte y ocupación del suelo urbano, causado por omisiones y negligencia de las autoridades.

Sobre la base del intercambio entre entidades tan diversas, y los aportes surgidos de la experiencia práctica, se formula una propuesta más avanzada, resultado, no solo de luchas locales, sino también de la participación en la preparación de políticas públicas, aunque a un nivel jurídico legal.

En 1986, el Movimiento Nacional por la Reforma Urbana define el concepto de la reforma urbana como una nueva ética social, que condena la ciudad como fuente de ganancia para pocos, a cambio de la pobreza de muchos. Se supone, por lo tanto, la crítica y la denuncia de ese cuadro de desigualdad social, llevando en cuenta la dualidad vivida en una misma ciudad: la ciudad de los ricos y la ciudad de los pobres, la ciudad legal y la ciudad ilegal. Condena la exclusión de la mayoría de los habitantes de la ciudad, determinada por la lógica de la segregación espacial; la ciudad mercadería; la mercantilización de la tierra urbana y de valoración de bienes raíces; por la apropiación privada de inversiones públicas en vivienda, servicios de transporte público, equipos urbanos y servicios públicos en general. Así pues, esta nueva ética social politiza el debate sobre la ciudad y crea un discurso y una plataforma política para los movimientos sociales urbanos, en que el acceso a la ciudad debería ser un derecho para todos sus residentes, y no una reserva para algunos, o sea, los más ricos.

La bandera de la reforma urbana se consolida, no solamente en la articulación y unificación de los movimientos sociales, a través de una plataforma urbana más allá de las cuestiones locales, incorporando las cuestiones nacionales, sino también, en la crítica a la desigualdad espacial, la ciudad dual. Con esto, el país inauguró un proyecto urbano que reclama una nueva ciudad y propone romper privilegios de acceso a las zonas de las ciudades. Se configura una cuestión política que va más allá del urbano, ya que se extiende al ámbito de la justicia social y de la igualdad. Su punto nodal es la cuestión de la participación democrática en la gestión de las ciudades, tan discriminada por la lógica excluyente de los planes tecnocráticos de los años sesenta y setenta, apoyados únicamente en el conocimiento técnico, en los cuales la población era considerada incapaz de conocer, actuar y decidir. El derecho a la ciudad, caracterizado por una gestión democrática y participativa de las ciudades; por el cumplimiento de la función social de la ciudad; por la garantía a la justicia social y a condiciones dignas para todos los habitantes de las ciudades; por la subordinación de la propiedad a la función social, y por sanciones a los propietarios en caso de desobediencia a la función social, se fortalece en el escenario de las luchas por la reforma urbana.

La Enmienda Popular de Reforma Urbana en la Constituyente Brasileña

El proceso de participación se alentó cuando se estableció, en el reglamento interno de la Constituyente, la utilización del mecanismo de iniciativa popular para la presentación de enmiendas, en el proyecto de Constitución Federal de 1988. La prueba de la eficacia de la participación popular en la Asamblea Constituyente es el número de firmas encaminadas para las enmiendas populares, más de 12 millones. Las fuerzas conservadoras argumentaban que los principios de justicia social eran pretextos para evitar el desarrollo del país (el desarrollo fue un término utilizado por mucho tiempo para ocultar la cuestión de la desigualdad del espacio urbano); que un carácter intervencionista en materia de política urbana sería demasiado estatizante, la ley de usucapión fue clasificada como un instrumento de desorden social y de incentivo a las ocupaciones ilegales de terrenos, entre otros conceptos retrógrados.

La enmienda popular, propuesta por el Movimiento Nacional de Lucha por la Reforma Urbana, tuvo la participación de seis agrupaciones nacionales: la Articulación Nacional del Suelo Urbano (ANSUR), la Federación Nacional de Arquitectos (FNA), la Federación Nacional de Ingenieros, la Coordinación Nacional de Asociaciones de los Prestatarios del BNH, Movimiento en Defensa de las Favelas, el Instituto de Arquitectos de Brasil, y el apoyo de 48 entidades estaduales y locales. La función social de la propiedad era la mayor amenaza para los grupos conservadores, que la veían como una amenaza al derecho a la propiedad.

En un mundo donde las ciudades son espacios colectivos urbanizados –o a punto de urbanizarse– las fuerzas progresistas de la sociedad civil empezaron a reclamar mecanismos de control público para el ejercicio del derecho a la propiedad. Con la enmienda popular el derecho público brasilero empezó, no solamente a garantizar la propiedad privada y el interés individual, sino que a asegurar el interés colectivo sobre los distintos usos de la propiedad individual. Así, la propiedad dejó de ser vinculada al derecho civil, asunto de carácter privado, y pasó a ser disciplinada por el derecho público. Se separó el derecho a la propiedad del derecho a construir, que es de otra naturaleza, que es una concesión del poder público; se establecieron sanciones con atribución normativa, basadas en una serie de instrumentos jurídicos y urbanísticos, que imponen al propietario de suelo urbano ocioso –sostenido por la especulación inmobiliaria, o que mantiene su propiedad sin utilización, subutilizada o no edificada– graves sanciones, incluso la expropiación.

Otros avances logrados en ese momento fueron la afirmación y el establecimiento de la efectiva autonomía municipal y la ampliación de la participación de la población en la gestión de las ciudades, tanto con mecanismos institucionales directos como el plebiscito, el referéndum, la iniciativa popular y la consulta pública, como con otras formas de participación directa, los consejos, conferencias, los Foros y las audiencias públicas. Se aseguraba, así, la participación de la comunidad en la elaboración del Plan Director, principal instrumento para la planificación urbana de los municipios. Otros actores se movilizaron para garantizar sus intereses en las Subcomisiones de Cuestiones Urbanas y Transporte, incluyendo sectores organizados del mercado inmobiliario. A pesar de que la propuesta del Movimiento Nacional de Reforma Urbana no haya sido aceptada en su totalidad, ella tuvo éxito a través de la Enmienda Popular de Reforma Urbana, amparada por cerca de 200 mil firmas.

A pesar de que los logros se reducían a dos artículos, por primera vez en la historia constitucional del país se obtuvo un capítulo titulado “De La Política Urbana”, bajo el Título “Del Orden Económico Y Financiero”. En líneas generales, para el Movimiento Nacional de Reforma Urbana, la Constitución de 1988 representó, a pesar de no atender a todas sus reivindicaciones, un avance signifi cativo al establecer, por primera vez, una política pública que trataba la cuestión urbana orientada a satisfacer los objetos de reforma urbana.

El Foro Nacional de Reforma Urbana

Después de la Constituyente, se organiza el Foro Nacional de Reforma Urbana (FNRU) con el objeto inmediato de presionar al Congreso para regular el Capítulo sobre política urbana, de la Constitución de 1988. Durante arduos doce años, esta fue una de sus principales tareas, hasta la promulgación de la ley federal conocida como el Estatuto de la Ciudad.

Fue a partir de la Constitución de 1988 que los municipios se constituyeron en unidades de la Federación Brasilera, con mayor capacidad política y financiera, para actuar en el ámbito de las políticas públicas. A principios de los años 1990, con el proceso de redacción de las constituciones Municipales –que se ocupan de la organización política y administrativa de los municipios y de las políticas públicas locales (Leyes Orgánicas de los Municipios)– las articulaciones locales de entidades y movimientos, vinculados al FNRU tuvieron un papel importante en las principales ciudades brasileras. Fueron decisivos para la incorporación de la plataforma de la reforma urbana y la cultura del Derecho a la Ciudad, en el campo de las políticas urbanas y de vivienda.

El FNRU activamente produjo la interlocución de la sociedad civil en muchos eventos internacionales, entre ellos la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (ECO-92), en 1992, donde se elaboró por consenso el “Tratado de Ciudades Justas, Democráticas y Sostenibles”. En 1995, el FNRU participó en el Comité Preparatorio de la Conferencia Internacional Hábitat II y organizó, conjuntamente con otros, la Conferencia Brasileña de la Sociedad Civil para el Hábitat II – por el Derecho a la Vivienda y la Ciudad. Acompañó, en julio de 1996, la Conferencia Hábitat II, celebrada en Estambul, y participó en la delegación oficial que representó al país en este evento, en el cual se establece el derecho a una vivienda adecuada como un derecho humano –inscrito en la Agenda Hábitat.

Estas conferencias establecieron diversos compromisos con las autoridades en materia de derechos humanos y el desarrollo sostenible de los asentamientos humanos. Fue a partir de la Conferencia de Asentamientos Humanos (Hábitat II), celebrada en Estambul, que los compromisos asumidos por el gobierno brasilero con el derecho a la vivienda permitieron, bajo presión de los movimiento populares urbanos, el reconocimiento del derecho a la vivienda, en la Constitución Brasilera, como un derecho fundamental, en el 2000; y la aprobación del Estatuto de la Ciudad, en 2001. En la década de los noventa, empiezan a aparecer nuevos Foros: el Foro Nacional de Participación Popular, el Frente Nacional de Saneamiento Ambiental, entre otros. Con modos concatenados de composición y la interacción con el FNRU, las nuevas redes amplían la manera de tratar la cuestión de la reforma urbana, fortaleciendo la sociedad civil en su discurso y sus acciones. Los temas pasan a ser discutido en mayor profundidad y contribuyen para mejorar los conceptos del FNRU.

Una vez entendido que la vivienda, por sí sola, no satisface el derecho a la ciudad, fue necesario tratar el tema bajo el punto de vista de la integración de los derechos y deberes que incluyeran el derecho al trabajo, el saneamiento, el transporte, acceso a las instalaciones públicas, entre otros. Es de esta integralidad que nace y se cumple el derecho a la ciudad.

Los Objetos y Organización del FNRU

Hasta hoy, el FNRU trabaja activamente con la sociedad civil para que la reforma urbana se complete en Brasil. Actualmente, las preocupaciones del FNRU se han concentrado sobre las formas de reivindicación para que el conjunto de los derechos conquistados sea aplicado. Los principios fundamentales que guían sus acciones son:

• el derecho a la ciudad y a la ciudadanía, entendida como la participación de los habitantes de las ciudades en la conducción de sus destinos. Incluye el derecho a la tierra, a los medios de subsistencia, a la vivienda, saneamiento ambiental, a la la salud, la educación, el transporte público, la alimentación, el trabajo, el ocio y a la información. Incluye el respeto a las minorías, la diversidad étnica, sexual y cultural y el disfrute de un espacio culturalmente rico y diverso, sin distinción de género, origen étnico, raza, idioma y creencias.

• la gestión democrática de la ciudad, entendida como la forma de planificar, producir, operar y gobernar las ciudades, sometida al control social y la participación de la sociedad civil.

• la función social de la ciudad y de la propiedad, como prevalencia del interés común sobre el derecho individual de propiedad. Es el uso socialmente justo del espacio urbano para que los ciudadanos tomen posesión del territorio, democratizando sus espacios de poder, de producción y de cultura dentro de los parámetros de la justicia social y de la creación de las condiciones ambientalmente sostenibles.

El FNRU organiza periódicamente un Encuentro Nacional y grupos de trabajo temáticos, en un proceso continuo de evaluación y análisis de la situación y de las políticas concretas y tiene un comité de coordinación que se reúne periódicamente para discutir las demandas emergentes, para elegir las prioridades y organizar las siguientes acciones. Con el objeto de organizarse mejor y fortalecer la sociedad civil, en cuestiones de reforma urbana, el FNRU, hoy en día, está organizado en quince articulaciones estaduales, además de los Foros Regionales de Reforma Urbana: Norte, Nordeste, Centro-Oeste, Sudeste y Sud. Así, crea una proximidad más grande con los diversos temas locales, debate las particularidades de cada región y apoya sus demandas, al mismo tiempo que difunde y organiza nacionalmente la lucha por la reforma urbana. Cada dos años, el FNRU organiza reuniones nacionales, momento en que se debate la conjetura de las políticas públicas del país y se eligen los temas y acciones prioritarias para los años siguientes.

Algunos problemas iniciales del movimiento de reforma urbana fueron superados, como la comprensión del lenguaje institucional de la administración pública; aprender a leer las leyes y entenderlas, decodificarlas y redactarlas; la capacidad de argumentar en las discusiones técnicas y jurídicas. Llevar a los espacios públicos e institucionales la lucha política por la reforma urbana fue uno de los logros importantes del FNRU. Así, se plantea dentro de las luchas sociales de los movimientos populares urbanos una demanda de reconocimiento de los derechos de origen popular, como el derecho a la ciudad y el derecho a la vivienda. Estos derechos pasan a ser institucionalizados en el ámbito de las leyes urbanísticas, a partir de la demanda de las organizaciones y movimientos de base, que conquistan políticas, proyectos e instancias de participación democrática dentro de la organización política y jurídico-institucional del estado brasilero.

La conquista del Estatuto de la Ciudad

El Estatuto de la Ciudad (Ley Federal 10.257/01) es la ley brasilera de desarrollo que regula el capítulo sobre la política urbana de la Constitución Brasilera de 1988. Define las directrices generales que deben ser observadas por la Unión (gobierno federal), por los estados (los gobiernos estatales) y municipios (gobiernos locales), para la promoción de la política urbana, con el objeto de garantizar el pleno desarrollo de las funciones sociales de la propiedad urbana y la ciudad, el derecho a ciudades sostenibles y el desarrollo de la gestión democrática en las ciudades. Basada en el principio de la función social de la propiedad y la gestión democrática de la ciudad, la ley contiene normas de orden pública e interés social, que regula el uso de la propiedad urbana para garantizar el bien colectivo, la seguridad y el bienestar de los ciudadanos. El Estatuto de la Ciudad trata, en particular, de:

• los instrumentos destinados a garantizar el cumplimiento de la función social de la propiedad, el impuesto progresivo en el tiempo sobre la propiedad urbana y la expropiación para fines de reforma urbana;

• los criterios para la elaboración y la aplicación del Plan Director por parte de los municipios;

• los instrumentos de reglamentación del uso y acceso a las tierras urbanas ocupadas por personas de bajos ingresos;

• los instrumentos de gestión democrática de la ciudad: audiencias públicas, consejos y conferencias de las ciudades en el plan nacional, estatal y municipal. Otra de las muchas acciones del FNRU, sin menospreciar la importancia de las demás, es la aprobación el Estatuto de la Ciudad, que fue un paso fundamental hacia la reforma urbana en Brasil.

Fueron doce años de lucha social para la aprobación del Estatuto de la Ciudad en el Congreso Brasilero, en particular en la Cámara de Diputados. Debido a la resistencia de los grupos económicos que operan en el mercado inmobiliario y de la construcción civil y de los tecnócratas de la planificación y gestión urbana. Fueron numerosos los obstáculos y la resistencia a la existencia de una ley nacional que busca fortalecer los municipios y la sociedad civil en la disciplina del territorio urbano, que exige la utilización social de la propiedad y ayuda a planificar la ciudad con control social y participación popular.

Con la aprobación del Estatuto de la Ciudad, el escenario de la lucha por la reforma urbana pasó a tener dos grandes desafíos. El primero fue capacitar los actores sociales en la importancia y las perspectivas que ofrece el Estatuto de Ciudad para promover las políticas urbanas basadas en la plataforma de la reforma urbana en ciudades brasileñas. En este caso, los actores sociales deben entenderse de manera amplia: líderes populares, profesionales, académicos, parlamentarios, los administradores públicos. En 2001 y 2002 fueron producidos diferentes materiales didácticos con un lenguaje popular sobre el Estatuto de la Ciudad, así como dos talleres nacionales de multiplicadores, organizados por el FNRU, que contaron con la participación de doscientos dirigentes de los movimientos populares urbanos. El segundo reto era difundir y popularizar el Estatuto de la Ciudad, para que fuera aplicado, de hecho, en las ciudades brasileñas.

Una manera de abordar este reto ha sido la participación de entidades y organizaciones populares del FNRU en la campaña nacional del Plan Director, elaborado por el Consejo Nacional de Ciudades. La creación del Ministerio de las Ciudades, y, en consecuencia, el Consejo de las Ciudades, posibilitó el inicio de una política urbana que, por primera vez en el largo historial por la reforma urbana en Brasil, permite que los distintos agentes, representantes legítimos de la sociedad civil, pasan a integrar un espacio institucional con el fin de desarrollar y aplicar las políticas urbanas.

El Fondo Nacional de Vivienda de Interés Social

El Fondo Nacional de Vivienda de Interés Social nació del primer proyecto de ley de iniciativa popular del país, preparado por el FNRU, presentado al Congreso Nacional en 1991. Surgido en los años de dificultades del gobierno Collor, fue una oportunidad para que las entidades de la sociedad civil, en descrédito en ese gobierno, se sumaran a la acción del FNRU en la redacción de un proyecto de ley para establecer un fondo público para satisfacer a las demandas populares de vivienda. El esfuerzo de movilización fue brutal: se llevaron miles de firmas, que deberían acompañar el proyecto, a Brasilia. Aun a sabiendas de las dificultades, el FNRU destacó el proceso de este proyecto de ley de iniciativa popular, por su gran importancia al demandar fondos públicos necesarios para la aplicación de las políticas de vivienda, que subsidiaran la parte de la población excluida de la producción formal de viviendas.

El proyecto de ley de iniciativa popular del Fondo Nacional de la Vivienda de Interés Social fue presentado en el Parlamento el 19 de noviembre de 1991, por las organizaciones y movimientos populares urbanos afiliados a FNRU, entre ellos: la Confederación Nacional de Asociaciones de Residentes (CONAM), la Central de Movimientos Populares (CMP), la Unión Nacional por la Vivienda Popular (UNMP) y el Movimiento Nacional de Lucha por la Vivienda (MNLM).

El proyecto de ley de iniciativa popular fue apoyado con más de un millón de firmas y se aprobó por unanimidad en todos los comités de la Cámara de Diputados, entre 1997 y 2001. Y, como se lee en testimonios recogidos en este trabajo, la entrega de miles de firmas al Parlamento en Brasilia fue realizada con gran dificultad, a través de los medios disponibles; los papeles con las firmas fueron llevados al Congreso en carretillas, cargadas por los miembros de los movimientos y organizaciones que están en el FNRU. En la apertura de la primera Conferencia Nacional de las Ciudades, en octubre de 2003, el presidente Luis Inácio Lula da Silva, insistió en la necesidad de la adopción del proyecto de ley, para satisfacer los deseos de los movimientos populares. En este sentido, reforzó la necesidad de aprobar un instrumento clave para la aplicación de una Política de Vivienda para la población de bajos ingresos, inexistente hasta ese entonces.

Después de trece años de debate en el Congreso Nacional, la Ley 11.124/05 sobre el Sistema Nacional de la Vivienda de Interés Social – SNHIS, creó el ondo Nacional de la Vivienda de Interés Sociales – FNHIS y su Consejo Gestor. Sobre el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social la ley presenta sus objetos, principios y directrices, y establece en su composición el Fondo Nacional de Vivienda de Interés Social, y también las competencias del Ministerio de Ciudades, la unidad coordinadora del SNHIS y de la “Caixa Econômica Federal”, agente operativo del Fondo Nacional de la Vivienda de Interés Social. En relación al Fondo Nacional de la Vivienda de Interés Social la ley define sus objetos y fuentes de recursos, establece el Consejo Gestor, la forma de aplicar los recursos del fondo.

La Participación del FNRU en el Campo Institucional

Desde el comienzo del gobierno de Luis Inácio Lula da Silva, algunas de las reivindicaciones históricas del Movimiento y del FNRU se cumplieron. La primera fue la creación del Ministerio de las Ciudades, con el objeto de integrar y articular las políticas de desarrollo urbano, vivienda, saneamiento ambiental y de la movilidad y transporte urbano. La segunda fue el comienzo de un proceso de democratización de la gestión de las políticas urbanas. En este sentido, en 2003, se celebró la I Conferencia Nacional de las Ciudades, que movilizó a más de 350 mil personas en las Conferencias de las Ciudades, en los municipios y estados. En estas Conferencias fueron elegidos los miembros del Consejo Nacional de las Ciudades, representado por un porcentaje de cada segmento de la sociedad y cuenta con consejeros representantes de los movimientos populares urbanos, las organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales que trabajan en el Foro Nacional de Reforma Urbana. En 2005 se celebró la II Conferencia Nacional de las Ciudades, con el objeto de definir acciones estratégicas para las políticas nacionales y regionales de desarrollo urbano. Se renovó el Consejo Nacional de las Ciudades, donde el 57% de los miembros titulares son elegidos por los sectores de la sociedad civil representantes de las entidades vinculadas al FNRU. En la III Conferencia Nacional de Ciudades se discutieron las formulaciones de la Política Nacional de Desarrollo Urbano, fue elegida la composición del Consejo Nacional de Ciudades y participaron 1.820 delegados y 410 observadores, de todos los estados de la Federación. El Consejo Nacional de las Ciudades está integrado por 83 miembros y 83 suplentes. De este total, 49 miembros son elegidos por los sectores de la sociedad civil y los otros 34 por directores y administradores públicos. Entre los desafíos para los próximos años está la consolidación de las instituciones democráticas –las Conferencias y los Consejos de las Ciudades– para que sus decisiones sean respetadas y se traduzcan en políticas y acciones concretas en las ciudades por parte del Gobierno Brasilero.

El mantenimiento y el fortalecimiento de la política nacional de reglamentación fundiaria, como una forma de reconocimiento al derecho a la vivienda y a la ciudad, de los grupos sociales de la ciudad, es un componente estratégico para el logro de reforma urbana. El FNRU tendrá como una de las banderas fundamentales, para los próximos años, la defensa del uso de las tierras públicas como prioridad para cumplir con las necesidades de las poblaciones pobres y tradicionales, como la población de favelas, los pueblos indígenas, pescadores y negros “quilombolas”. (1) En las ciudades, la misión de las personas que trabajan en organizaciones y movimientos populares relacionados al FNRU es continuar con sus prácticas de ciudadanía con el fin de que las ciudades sean lugares donde la gente vive con dignidad, justicia y solidaridad y en convivencia pacífica. En 2009 un importante resultado es la institución de la ley nacional Programa “Minha Casa Minha Vida” que tiene normas y reglas para garantizar la regularización de los asentamientos informales declarados sociales, y el gran desafío es la constitución del sistema nacional de desarrollo urbano.

1 Poblaciones descendientes de aldeas creadas por esclavos huidos (N. T.).

Key words

reform of the legislation, land reform, common public good, urban policy, urban planning, urban growth, social movement, community participation, participation of inhabitants, popular participation, citizen initiative, citizens network


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Anexo

Foro Nacional de Reforma Urbana (Coordinación); Federación de Órganos para Asistencia Social y Educación (FASE);

Confederación Nacional de Asociaciones de Residentes (CONAM);

Movimiento Nacional de Lucha por la Vivienda (MNLM);

Unión Nacional por la Vivienda Popular (UNMP);

Central de Movimientos Populares (CMP);

Federación Nacional de Asociaciones Empleados de la Caixa Economica (FENAE);

Federación Inter-estadual de Sindicatos de Ingeniería (FISENGE); PÓLIS - Instituto de Estudios, Formación y Asesoría en Políticas Sociales;

Federación Nacional de Arquitectos y Urbanistas (FNA);

Instituto Brasilero de Administración Municipal (IBAM);

Instituto Brasilero de Análisis Sociales y Económicos (IBASE);

Asociación Nacional de Transportes Públicos (ANTP);

COHRE Américas;

Centro por el Derecho a la Vivienda y Contra el Desalojo;

Asociación de Geógrafos Brasileros (AGB);

Federación Nacional de Estudiantes de Arquitectura y Urbanismo del Brasil (FENEA);

Centro de Asesoramiento para la Autogestión Popular (CAAP);

Asociación Brasilera de Enseñanza de Arquitectura y Urbanismo (ABEA);

Centro de Defensa de los Derechos Humanos Bento Rubião;

Observatorio de las Metrópolis (coordinado por el IPPUR / UFRJ y FASE);

Acción Aid de Brasil;

Consejo Federal del Servicio Social.

Notes

Este articulo se puede leer en inglés y en portugués

Source

Original text

Bibliografía

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Sitios sobre la Reforma Urbana

Foro Nacional de Reforma Urbana: www.forumreformaurbana.org.br Observatorio Internacional del Derecho a la Ciudad DC: www.oidc.org.br.

Instituto Pólis: www.polis.org.br.

HIC (Habitat International Coalition) - General Secretariat / Ana Sugranyes Santiago Bueras 142, Of.22, Santiago, CHILI - Tel/fax: + 56-2-664 1393, + 56-2-664 9390 - Chile - www.hic-net.org/ - gs (@) hic-net.org

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